
Ordenanza contribuciones por mejoras reforma a Ordenanza predios urbanos.
CONCEJO DE HUAQUILLAS CON INGRESOS PROPIOS PARA EJECUTAR OBRAS.
DOMINGO, 25 DE DICIEMBRE 2011.- Las proyecciones para mejorar la capacidad de inversión y ejecutar obras con ingresos propios, fueron confirmadas por el Concejo municipal, con la aprobación, en segunda instancia, de la Reforma a la Ordenanza que regula la determinación, administración y recaudación del impuesto a los predios urbanos para el bienio 2012-2013 y la Ordenanza para la aplicación y cobro de las contribuciones especiales de mejoras en el cantón Huaquillas
Con votación mayoritaria se aprobó las modificaciones a los artículos 9, 10 y 24 de la Ordenanza. La reforma determina que para la cuantía del impuesto predial urbano se aplicará la tarifa 0.50x1000 calculado sobre el valor de la propiedad (Art. 504 del COOTAD). Con este cambio se asegura la eficiencia en la recaudación. Los 18.200 predios catastrados generarán un ingreso anual de 500 mil dólares.
A más de la inversión en obra pública, la reforma del artículo 24 contempló que el 35% de esos ingresos serán destinados a financiarán los programas sociales. La Ordenanza establece que del monto total recaudado por predios urbanos, el 15% será para salud, el 10% para atención del centro terapéutico y el 10% para financiar la atención a los adultos mayores.
Ingresos por mejoras.
La contribución especial por mejoras es el beneficio real o presuntivo proporcionado a los inmuebles urbanos, por la construcción de cualquier obra pública. La Ordenanza aprobada establece que todo propietario de bienes inmuebles pagará por concepto de contribución especial de mejoras el 5x1000 del avalúo catastral, cada vez que se celebre escritura por venta, donación, remate, parcelación, adjudicación o cualquier traspaso de dominio.
La aprobación de la Ordenanza, en segunda instancia, permite que el municipio recaude contribuciones especiales por mejoras, para obtener recursos que aseguren la ejecución de otros proyectos de desarrollo para la ciudad. La base imponible de la contribución especial es igual al costo total de las obras, prorrateado entre las propiedades beneficiadas. El Municipio subvencionará el 70% del valor de la obra y el 30% se creará como obligación tributaria durante un periodo de cinco años.
Reforma ordenanza venta de solares.
La Reforma tiene por objeto legalizar los solares que están en posesión y que estén viviendo. La municipalidad determinará a través de sus departamentos respectivos que quienes se encuentren en posesión ininterrumpida por más de tres años, tengan derecho a la legalización con escritura pública. Para el trámite deberá presentar solicitud dirigida al ejecutivo, inspección del predio y verificación de linderos, formalización de la compra-venta, inspección e informe de planeamiento urbano, avalúos y catastro y legal sobre los años de posesión.
El valor del metro cuadrado de los solares será de dos dólares en la zona 1 comercial; un dolar en la zona 2 residencial-comercial; 0.50 centavos de dolar en la zona 3 residencial-suburbana. Para actividades productivas como ladrilleras, agrícolas y pesqueras debidamente comprobadas será de 0.20 centavos el metro cuadrado y para las personas con capacidades diferentes beneficiadas con bono de la vivienda programa Manuela Espejo será de 0.05 centavos de dolar el metro cuadrado.
Lic. José Valle Chica |











